¿Qué es la separación de hecho?
La separación de hecho se da cuando se rompe la convivencia conyugal acordada por ambos cónyuges o impuesta por uno de ellos, sin que haya intervenido un juez.
¿Qué efectos tiene la separación de hecho?
La separación de hecho legitima para pedir la separación legal o el divorcio, lo que quiere decir que la separación de hecho ofrece la posibilidad de solicitar separación legal o divorcio sin que concurra otra causa. Además afecta a los deberes conyugales en tanto que ya no tiene relevancia el deber de fidelidad.
En relación a lo económico matrimonial la separación de hecho puede ser causa de la disolución de la sociedad legal de gananciales o justificar la transferencia de gestión a uno de los cónyuges de los bienes comunes.
SEPARACION JUDICIAL:
La separación implica la ruptura de la convivencia matrimonial. Esta ruptura no afecta al vínculo matrimonial pero si que modifica el régimen jurídico del matrimonio y de la patria potestad creando una nueva situación matrimonial entre los cónyuges.
¿Qué efectos tiene la separación judicial?
Los principales efectos son el cese de la convivencia o el deber de convivencia que recaía sobre los cónyuges, la extinción del poder de los cónyuges de disponer de los bienes del otro cónyuge para hacer frente a las necesidades familiares.
¿Qué tipos de separación judicial existen?
La separación se da bien de mutuo acuerdo, cuando media el consentimiento de ambos, o bien de forma litigiosa cuando es a solicitud de sólo una de las partes cuando concurra alguna de las causas legales como, por ejemplo, la infidelidad conyugal, malos tratos, alcoholismo, toxicomanía, condena a pena de privación de libertad por tiempo superior a 6 años.
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